provincia art
23 julio, 2020
c.a.s.a.
23 julio, 2020

SANCOR

 
VALIDACION DE AFILIADO

Con la finalidad de brindar atención de calidad a nuestros asociados y facilitar el acceso al servicio solicitamos tengan a bien, validar la credencial, utilizando el número de asociado o su DNI, a través del autogestor de prestaciones ingresando a

https://autogestionprestadores.sancorsalud.com.ar/login-genexus

IMPORTANTE: El profesional debe indicar en la ficha dental el plan y la condición de IVA (GRAV o NO GRAV) que figura en la credencial, caso contrario no podrá facturarse.

CONDICIÓN DE IVA
OBLIGATORIOS- EXENTO-NO GRAVADO (SIN IVA)
VOLUNTARIO-GRAVADO (CON IVA)

 
    Nombre de la Obra Social Sancor Medicina Privada S.A. (S.M.P.), Asociación Mutual Sancor (A.M.S.) y Consorcio Unión Federal (40)
    Área de Aplicación Todo el ámbito Provincial.
    Identificación del Beneficiario Carnet de afiliación vigente y documento de identidad
    Planes Sancor 700A , Sancor 700SF, Sancor 800V, Sancor F 700 y F800, Sancor F800E, Sancor 6000, Sancor 5000, Sancor 4500, Sancor 4065, Sancor 4000, Sancor 3500, Sancor 3000, Sancor 3000B, Sancor 3000R, Sancor 2000, Sancor 1500, Sancor 1500B, Sancor 1500R, Sancor 1000, Sancor 1000B, Sancor 1000R, Sancor 500: Son los afiliados de SMP y AMS. Presentan credencial de Sancor Salud. (Se adjunta modelo)
    Planes C : Presentan credencial de Sancor Salud, pero con el logo de su obra social de origen.
    LOS QUE TIENEN UNA DENOMINACIÓN, COMO 70 U 80 PERTENECEN A LOS PLANES 700 Y 800 EJ:(S70SF)
    Nomenclador y Arancel Se adjuntan a la presente
    Cobertura Todos los Planes tienen cobertura del 100% en Odontología General
    PROTESIS SUSPENDIDA A PARTIR DE 08-22 CIRCULAR Nª67
    Normas de trabajo Generales de F.O.P.B.A. y particulares.
    Modelos de Documentación

    Nuevas Credenciales Reemplazan al Plan Turquesa, Plan Verde y Amarillo

    SANCOR 700A, SANCOR 700SF y SANCOR 800V

    LINEA FAM PLANES F700 Y F800

    L PLANES INDIVIDUALES

    Línea Exclusive -Planes S6000 y S5000

    Planes S4500 – S4065 - S4000 – S3500 – S3000 - S2000 – S1500 - S1000 – S800 - S700 - S500

    Asociados Activos

    Plan GEN 18-35

    Plan C

    PLANES EMPRESA

    Credencial Plateada PLAN F800E

    2.2.2. Credencial Plateada con segundo logo

    Normas Particulares

    Plazo para Facturar

    Sancor no recibirá facturación de prestaciones pasados 90 días corridos( Mes actual y dos anteriores) de su realización, salvo que se trate de refacturación de prácticas o fichas devueltas por la O. Social.


    Formularios de autorización

    Formulario para prestaciones que requieren autorización previa (todos los planes): El profesional actuante indicará en un recetario las prácticas a autorizar, los datos del afiliado, adjuntado la documentación que corresponda (Rx. preop., Historia Clínica). No se deberán solicitar más códigos de los permitidos por el tope mensual. Con dichos elementos el afiliado solicitará la autorización en el Centro de Gestion de la O. Social o [email protected] la que emitirá el “Formulario para prestaciones odontológicas que requieren autorización previa” consignando el N° de Autorización. Se deberá adjuntar el original del mismo firmado por el paciente y con firma y sello del profesional, a la ficha dental al facturar junto con la documentación respaldatoria necesaria. Este Formulario será válido para la autorización previa y facturación de las siguientes prácticas:


    • Endodoncia: Solamente en afiliados de planes C. Restantes planes, sin autorización
    • Periodoncia: Cód. 08.06.
    • Cirugía Bucal: Códs. 10.04, 10.11, 10.12 , 10.15, 10.16, 10.16.01 al 10.16.03, 10.17.01 al 10.17.05 y 10.23.

    Se solicita tener especial cuidado de no perforar ni obstruir la lectura de los códigos de barra en los Formularios de autorización


    Límite de Prestaciones

    Odontología General

    • Se reconocerán cuatro (4) prestaciones por mes y por beneficiario.
    • Plan C: Se reconocerán dos (2) prestaciones por mes y por beneficiario.
    • Plan S700 y S800: Se reconocerán tres (3) prestaciones por mes y por beneficiario

    Capítulo I: Consultas

    Cód. 01.01: Podrá facturarse cada 12 meses.

    Cód. 01.04: Se considera consulta de urgencia a toda prestación que no constituye paso intermedio y/o final de tratamiento. Se debe establecer en todos los casos el diagnóstico. Ej.: periocoronaritis, cementado de coronas y puentes, punción y drenaje de abscesos, flemones, hemorragias, alveolitis, etc.. Se podrá facturar 2 códigos por año por Asociado.


    Capítulo II: Operatoria Dental

    Las obturaciones deberán tener una duración mínima de 24 meses. Durante este lapso no se reconocerá repetición de las mismas si son efectuadas por el mismo profesional. Para las piezas que hayan sido obturadas, no se reconocerá su extracción por el término de 24 meses posteriores a la fecha de realización del trabajo, si ésta es efectuada por el mismo profesional.

    Las obturaciones de amalgama en dentición temporaria deberán tener una duración mínima de 12 meses.

    Al facturar se reconocerá como máximo dos restauraciones simples por pieza dentaria o una simple y una compuesta, o una compleja, cualquiera sea el material utilizado.

    Cód. 02.03: Obturación cavidad compleja

    Cód. 02.04: Obturación con tornillo en conducto. Se reconocerá con la radiografía post-operatoria utilizada para el cementado de tornillo.

    Cód. 02.08: Restauración simple con resina de fotocurado, sector anterior.

    Cód. 02.09: Restauración compuesta/compleja con resina de fotocurado, sector anterior.

    Cód. 02.15: Restauración simple con resina de fotocurado, sector posterior.

    Cód. 02.16: Restauración compuesta/compleja con resina de fotocurado, sector posterior.


    Capítulo III: Endodoncia

    Se reconocerán hasta dos (2) Rxs. por tratamiento (pre y postoperatoria), cuyo valor se encuentra incluido en el arancel de cada código.

    Estas prácticas se reconocerán por única vez por elemento dentario. En caso de retratamiento, se deberá solicitar autorización previa, adjuntando Rx preoperatorio e historia clínica que lo justifique.

    Los códigos de éste capítulo REQUIEREN AUTORIZACIÓN PREVIA si se realizan a afiliados de planes C

    Cód. 03.05: Se debe observar la correcta obturación con material radiopaco hasta la entrada de los conductos radiculares.

    Cód. 03.06: Se reconocerá solo en dientes posteriores y la pieza no podrá recibir otro tratamiento además del Capítulo II por el período de 24 meses. Solo podrán realizarse en el caso que "radiográficamente" se observe la ausencia de conductos radiculares; caso contrario el tratamiento deberá ser endodoncia total del elemento.


    Capítulo V: Odontología Preventiva

    Cód. 05.01 - Tartrectomía y cepillado mecánico: Se reconocerá cada 12 meses y en ese lapso no se reconocerá el código 802

    Cód. 05.02: Se reconocerá cada 6 meses hasta 18 años de edad, por tratamiento y ambas arcadas, cualquiera fuese la técnica que se utilice. Incluye el código 501.

    Cód. 05.04: Se reconocerá cada 12 meses. Código incluído en el 802.

    Cód. 05.05: Se reconocerá por pieza dental hasta los 15 años de edad. Tendrá una durabilidad de dos (2) años y no podrá recibir otra obturación en ese tiempo. Se reconocerá solamente en piezas sanas y que no presenten obturación previa.

    Cód. 05.06: Aplicación de cariostáticos en piezas dentarias permanentes.


    Capítulo VI: Ortodoncia

    Con autorización previa y por la vía de REINTEGRO, según cobertura de cada plan.


    Capítulo VII: Odontopediatría

    Cód. 07.01 (Consulta de motivación): Se reconoce hasta los 13 años y se podrá facturar hasta tres veces por paciente.

    Cód. 07.02 y 07.04: Requieren Rx. pre y post-operatoria.
    Los valores de las rxs, están incluídos dentro del valor que tiene cada código. Por lo tanto, no deben asentarse en las fichas al facturar.

    Cód. 07.05: En primeros molares permanentes se reconoce hasta los 15 años de edad. Requiere Rx pre y post-operatoria.

    Cód. 07.06: Reimplante dentario e inmovilización por luxación total. No incluye tratamiento endodóntico.

    Cód. 07.07: Protección Pulpar Directa: Requiere Rx. pre y post- operatoria.


    Capítulo VIII: Periodoncia

    Cód. 08.02 Tratamiento de Gingivitis. Por arcada: No se requiere ficha periodontal.(No se reconocerá el Cód. 08.01 con esta práctica). Se reconocerá una vez por año

    Códs. 08.03 y 08.04: Se reconocerá con Rxs preoperatorios y ficha periodontal
    Cuando se facturen Códs. 08.03 en caso de piezas aisladas en pacientes parcialmente desdentados, sumadas de 4 a 6 piezas completan un sector.

    SE RECONOCERÁ CADA 12 MESES.

    Cód. 08.05: Se deberá indicar el motivo de su realización. Práctica con autorización previa.

    Cód. 08.06: Con AUTORIZACION PREVIA enviando historia clinica y modelos que justifiquen su realización. Se reconoceré cada 2 años.


    Capítulo IX: Radiología

    Cód. 09.02.04 y 09.02.05: Se deberá indicar motivo de su realización.


    Capítulo X: Cirugía

    Las radiografías requeridas en este capítulo se encuentra incluidas en el arancel de cada código.

    Cód. 10.04 y 10.15: Se reconocerá con AUTORIZACIÓN PREVIA.

    Cód. 10.06: Incisión y drenaje de abscesos

    Cód. 10.08 Extracción de pieza en retención mucosa: se requiere rxs. pre y postoperatoria.

    Cód. 10.09 Extracción de pieza en retención ósea: se requiere rxs. pre y postoperatoria.

    Cód. 10.10: se requiere rxs. pre y postoperatoria.

    Cód. 10.11: Liberación de dientes retenidos: Solicitar autorización previa.

    Cód. 10.12: Apicectomía. Solicitar autorización previa. Se requiere rxs. pre y postoperatoria.

    Cód. 10.15:Aveolectomía correctiva. Se requiere autorización previa.

    Cód. 10.16: Frenectomía. Se requiere autorización previa.

    Cód. 10.16.01: Quiste o extracción de tumores en tejidos duros hasta 1 cm. Se requiere autorización previa

    Cód. 10.16.02: Quiste o extracción de tumores en tejidos duros hasta 3 cm. Se requiere autorización previa

    Cód. 10.16.03: Quiste o extracción de tumores en tejidos duros de mas de 3 cm. Se requiere autorización previa

    Requieren AUTORIZACION PREVIA. Al facturar, remitir resultado del estudio anatomopatológico

    Cód. 10.17.01: Extracción de tumores en tejidos blandos hasta 1 cm.

    Cód. 10.17.02: Extracción de tumores en tejidos blandos hasta 3 cm.

    Cód. 10.17.03: Extracción de tumores en tejidos blandos de mas de 3 cm.

    Requieren AUTORIZACION PREVIA. Al facturar, remitir resultado del estudio anatomopatológico

    Cód. 10.23: Cirugía Periodontal por Sector

    Cód. 10.17.04: Tratam. quirúrgico de pericoronaritis: Con AUTORIZACION PREVIA.

    Cód. 10.17.05: Radectomía: Con AUTORIZACION PREVIA. Requiere Rx pre y post-operatoria.

    Nomenclador y Arancel

    Aranceles actualizados: 01/11/2024

    CódigoValor (100%)Descripción
    Capítulo I: Consultas
    01.01 11.000 Consulta diagnóstico, fichado y plan de tratamiento
    01.04 11.000 Consulta de urgencia
    Capítulo II: Op. Dental
    02.01 27.000 Obturación cavidad simple
    02.02 27.000 Obturación cavidad compuesta
    02.03 27.000 Obturación de amalgama cavidad compuesta
    02.04 27.000 Obturación con tornillo en conducto
    02.08 27.000 Obturación simple con resina de fotocurado, sector anterior
    02.09 27.000 Restauración compuesta o compleja con resina de fotocurado, sector anterior
    02.15 27.000 Obturación simple con resina de fotocurado, sector posterior
    02.16 27.000 Restauración compuesta o compleja con resina de fotocurado, sector posterior
    Capítulo III: Endodoncia
    03.01 60.000 Tratamiento endodontico en unirradiculares
    03.02 75.000 Tratamiento endodontico en multirradiculares
    03.05 17.870 Biopulpectomia parcial
    03.06 21.442 Necropulpectomia parcial o momificación
    03.09 57.968 Retratatamiento de endodoncia en unirradiculares
    03.10 71.771 Retratatamiento de endodoncia en multirradiculares
    Capítulo V: Odont. Preventiva
    05.01 11.039 Tartrectomía y cepillado mecánico
    05.02 11.039 Consulta preventiva. Terapia fluoradas
    05.04 11.039 Consulta preventiva. Detección control de placa bacteriana y enseñanza de técnica de higiene bucal.
    05.05 11.039 Selladores de surcos, fosas y fisuras
    05.06 11.039 Aplicación de cariostáticos en piezas dentarias permanentes.
    Capítulo VII: Odontopediatría
    07.01 12.957 Consultas de motivación
    07.02 49.245 Mantenedor de espacios
    07.04 19.440 Tratamientos en dientes primarios temporales con formocresol
    07.05 28.588 Corona de acero provisoria por destrucción coronaria.
    07.06 55.205 Reimplante dentario e inmovilización por luxación total.
    07.07 24.843 Protección pulpar directa
    Capítulo VIII: Periodoncia
    08.01 8.934 Consulta de estudio. Sondaje. Fichado, diagnóstico y pronóstico.
    08.02 11.595 Tratamiento de gingivitis.
    08.03 17.666 Tratamiento de periodontítis destructiva leve o moderada.
    08.04 23.465 Tratamiento de periodontítis destructiva severa
    08.05 14.906 Desgaste selectivo o armonización oclusal
    08.06 82.810 Placas de relajación para bruxismo rígida
    Capítulo IX: Radiología
    09.01.01 4.568 Periapical. Técnica de cono corto o largo
    09.01.02 4.568 Bite wing
    09.01.03 7.148 Oclusal 6x8cm
    09.01.04 18.271 Media seriada de 7 películas. Técnica de cono corto o cono largo.
    09.01.05 25.123 Seriada de 14 películas. Técnica de cono corto o cono largo.
    09.02.04 20.554 Pantomografía o radiografía panorámica
    09.02.05 20.554 Tele-radiografía cefalométrica
    Capítulo X: Cirugía - Incluye valor de Rxs
    10.01 25.000 Extracción dentaria
    10.02 15.367 Plástica de comunicación buco-sinusal
    10.03 15.008 Biopsia por punción, aspiración o escision
    10.04 12.510 Alveolectomía estabilizadora
    10.06 10.006  
    10.08 31.103 Extracción dentaria en retención mucosa.
    10.09 72.571 Extracción de diente con retención ósea
    10.10 59.613 Germectomía
    10.11 21.442 Liberación de dientes retenidos
    10.12 28.588 Apicectomia
    10.13 10.006 Tratamiento de osteomielitis
    10.14 7.148 Extracción de cuerpo extraño
    10.15 12.510 Alveolectomía correctiva
    10.16 28.588 Frenectomía
    10.16.01 16.844 Quiste o extracción de tumores en tejidos duros hasta 1 cm.
    10.16.02 12.946 Quiste o extracción de tumores en tejidos duros hasta 3 cm.
    10.16.03 19.419 Quiste o extracción de tumores en tejidos duros de más de 3 cm.
    10.17.01 9.062 Extracción de tumores en tejidos blandos hasta 1 cm
    10.17.02 19.419 Extracción de tumores en tejidos blandos de más de 1 cm
    10.17.03 19.419 Extracción de tumores en tejidos blandos de más de 3 cm
    10.17.05 7.120 Radectomía
    10.23 8.415 Cirugía periodontal por sector
    10.00* 17.870 Consulta Estomatológica
    *Solo Profesionales referentes de la Red de Prevención de Cáncer Bucal de F.O.P.B.A.