c.a.s.a.
23 julio, 2020unificado de obras sociales
24 julio, 2020O.S.I.A.D. SALUD
Nombre de la Obra Social | Obra Social para el Personal de la Industria Aceitera, Desmotadora y Afines (42) |
Área de Aplicación | Los partidos del Gran Buenos Aires, Cañuelas, Ing. Maschwitz, Bahía Blanca, Baradero, Berisso, Bolívar, Campana, Coronel Pringles, Chacabuco, Daireaux, Ensenada, Gral. Belgrano, Huanguelen, Junín, La Plata, Lincoln, Lobería, Luján, Mar del Plata, Necochea, Pergamino, Pilar, Ramallo, S.A. de Areco, Salto, San Nicolás, San Vicente, Tres Arroyos y Zárate. |
Identificación del Beneficiario | Pdos. del Gran Buenos Aires, Cañuelas e Ing. Maschwitz: Credencial afiliatoria, documento de identidad y último recibo de sueldo. En Partidos del Interior: Credencial afiliatoria, documento de identidad, último recibo de sueldo y órdenes de consulta y práctica. Embarazadas: presentación de carnet especial “EMBARAZO-PARTO” NOTA: Si el afiliado pretendiera hacer uso de los servicios sin estar provisto de la documentación correspondiente o si la misma se hallase vencida, deberá abonar bajo recibo del profesional actuante el total del importe correspondiente a la práctica realizada. El odontólogo deberá proceder al reintegro del valor respectivo si el afiliado, dentro de los tres días subsiguientes a la prestación, acreditará fehacientemente su condición de tal, entrega la orden correspondiente y devuelve el recibo emitido por el profesional. Embarazadas: Si la beneficiaria no presenta el carnet especial (se adjunta modelo) de inscripción en el plan, se deberá atender en las condiciones de afiliado común |
Nomenclador y Arancel | Se adjunta a la presente |
Cobertura | 100% |
Normas de trabajo | Generales de F.O.P.B.A. y particulares KIT EPP a un valor de $700 lo abonará el beneficiario al requerir la atención |
Sin Límite de Prestaciones.
En Partidos del Interior:
1º) El afiliado concurrirá al consultorio provisto de su credencial de afiliación, documento de identidad y Orden de Consulta (celeste), se le efectuará la primera consulta, fichado, diagnóstico y plan de tratamiento (Cod. 01.01) y se indicará en un recetario las prácticas a realizar.
NOTA: La ficha dental con el cod. 01.01 firmado por el paciente y el bono inicial quedan en poder del profesional. Habiendo pasado un tiempo prudencial sin que el afiliado se haga presente con las órdenes para efectuar el/los tratamientos indicados, el profesional podrá facturar la consulta, aclarando en "Observaciones" tal circunstancia.
2º) Seguidamente el paciente regresará a la Obra Social provisto del detalle de prácticas a efectuar, a efectos de retirar las Ordenes de Práctica necesarias (amarillas). Se requiere una (1) Orden para cada práctica.
La Obra Social entregará al afiliado órdenes para realizarse la cantidad de prácticas que de acuerdo al cupo mensual por grupo familiar corresponda.
3º) A continuación el profesional procederá a realizar las prestaciones correspondientes a las órdenes que le entrega el paciente, facturándolas en una ficha dental conformada por el paciente y adjuntando a la misma las órdenes de práctica.
4º) En los meses subsiguientes, el paciente deberá solicitar en la Obra Social las órdenes restantes, que se emitirán con igual mecanismo, y las entregará al profesional actuante quien realizará las prestaciones y las facturará adjuntando a la ficha dental las órdenes correspondientes.
5º) Para las consultas de urgencia (Cod. 01.04) se requiere Orden de Consulta (celeste).
6º) En el caso de los códigos de Endodoncia, con una Orden de Práctica (amarilla) se facturará la endodoncia y con otra las radiografías correspondientes (hasta 3 Rx. por orden de práctica).
Tanto la Orden de Consulta (celeste) para la consulta inicial, como las Ordenes de Práctica (amarillas), llevarán señalado la inscripción "USO ODONTOLOGICO" que será indicado en la Delegación en el momento de extender las órdenes. Las mismas, debidamente cumplimentadas con firma del afiliado y firma y sello del profesional, deberán adjuntarse a la ficha dental al facturar, completas con todos sus cuerpos.
La Orden de Consulta tiene una validez de 60 días a partir de su fecha de emisión. Aquellas que excedan el límite de tiempo y no hubieran sido revalidadas en la boca de expendio, pierden su valor para realizar la consulta y para hacer efectivo el pago.
Toda corrección en el llenado de la orden, deberá ser debidamente salvada por el profesional.
PLAZO PARA REFACTURACIONES:
(Para todos los planes) Pasados 30 (treinta) días de recibida por el prestador la documentación observada, cesará su derecho a refacturación.
Capítulo II: Operatoria Dental
Código 02.08: Restauración con material estético Globalizado
Capítulo III: Endodoncia
Código 03.05:Biopulpectomía parcial y Necropulpectomía parcial en niños.
Capítulo V: Odontología Preventiva
Cód.05.01 Se reconocerá una vez por año y solamente a beneficiarias embarazadas, con carnet especial.
Cód.05.02 Se reconocerá semestralmente, solamente en niños de hasta 13 años de edad y en beneficiarias embarazadas, con carnet especial, por tratamiento y en ambas arcadas, cualquiera fuese la técnica que se utilice. Incluye el código 05.01.
Capítulo VIII: Periodoncia
Cód.08.02: Se reconocerá solamente en beneficiarias embarazadas, con carnet especial.
Capítulo IX: Radiología
Cód. 09.01.01: Se reconocerá solamente como respaldatoria para endodoncia y hasta tres (3) placas.
Aranceles actualizados: 01/03/2024
Código | Valor (100%) | Descripción |
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Capítulo I: Consultas | ||
01.01 | 8.000 | Examen-Diagnostico-Ficha de tratamiento |
01.04 | 8.000 | Consulta de urgencia: prestación que no constituye paso intermedio de tratamiento |
Capítulo II: Op. Dental | ||
02.08 | 19.000 | Restauración con material estético Globalizado |
Capítulo III: Endodoncia | ||
03.01 | 28.000 | Tratamiento Uniradicular |
03.02 | 40.000 | Tratamiento Miltiradicular |
03.05 | 16.000 | Biopulpectomía parcial |
Capítulo V: Odont. Preventiva | ||
05.01* | 8.000 | Tartrectomía y cepillado mecánico |
05.02** | 8.000 | Consulta preventiva periódica; incluye cepillado previo y aplicación de fluor. Se reconocerá hasta menores de 18 años.- Y Plan Materno Infantil |
Capítulo VIII: Periodoncia | ||
08.02 | 12.800 | Tratamiento de gingivitis marginal crónica. |
Capítulo IX: Radiología | ||
09.01.01*** | 2.800 | Este código se brinda solamente en ENDODONCIA. Para cualquiera de los tres códigos de este capítulo Se autoriza hasta un máximo de tres (3) RX cada una |
Capítulo X: Cirugía | ||
10.01 | 16.000 | Extracción Dentaria |
* Sólo embarazadas con credencial
** Prestación reconocida solamente para menores de 13 años
*** Sólo como respaldatorias de endodoncia.