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26 febrero, 2024O.S.E.T.R.A.
Nombre de la Obra Social |
Obra Social Empleados del Tabaco de la Rep. Argentina (02) |
Área de Aplicación | Todo el ámbito Provincial. |
Identificación del Beneficiario |
Documento de Identidad y Credencial habilitante en formato Digital con Token |
Nomenclador y Arancel | Se adjuntan a la presente. |
Cobertura | 100% |
Normas de trabajo |
Generales de F.O.P.B.A. y Particulares. |
MODELO DE CARNET
REQUISITOS PARA LA ATENCIÓN:
El afiliado accede a la atención con la presentación de la credencial digital que
contiene:
-TOKEN
-Nombre y apellido
-Numero de socio DNI
-Agregando:
DNI en formato físico/digital.
Capítulo I: Consultas
Cód. 01.01: Examen, diagnostico, fichado y plan de tratamiento. Se reconocerá una consulta por año. No debe será facturada por especialistas que efectúen prácticas derivadas de otro profesional. Deberá completarse correctamente el odontograma, la falta de dicho requisito dará lugar al débito de este código y todas las prácticas facturadas a continuación.
Cód. 01.04: Consulta de urgencia Se deberá indicar el motivo que generó la consulta.
Capítulo II: Operatoria Dental
En todos los casos se deberán asentar la/s caras obturadas. Las restauraciones se encuentran globalizadas, se cubre tanto en piezas anteriores como posteriores. Por el término de dos (2) años no se aceptarán repeticiones en las mismas.
02.08 Restauraciones Simples o Compuestas (Globalizada).
Capítulo III: Endodoncia
Para su reconocimiento deberá adjuntar la Rx.Pre-Operatoria y/o Conductometría y la Rx. Post-Operatoria. Las Rx. Pre y Post Operatorias no se encuentran incluidas en el valor de la Endodoncia.
No podrá facturarse, por el mismo profesional, la exodoncia hasta pasado 3 años de su realización.
En caso de necesidad de rehacer el tratamiento, lo deberá justificar por escrito y radiográficamente.
Cód. 03.01: Tratamiento de endodoncia unirradicular
Cod. 03.02: Tratamiento de endodoncia multirradicular
Cod. 03.05: Biopulpectomia parcial Cuando se realice esta práctica no se reconocerá otro tratamiento de endodoncia y su correspondiente restauración coronaria hasta después de un año de efectuada la misma, si es realizada por el mismo profesional.
Cód. 03.06: Necropulpectomía parcial (Momificación).
NORMAS PARTICULARES: Se deberá facturar el código 03.05 y 03.06 acompañado de las radiografías pre y post operatorias.
Capítulo V: Odontología Preventiva
Cód. 05.01: 05.01Enseñanza de técnicas de Higiene bucal. Detección y control de placa.Tartrectomía y Cepillado Mecánico. Se reconocerá cada 12 meses en mayores de 15 años.
Cód. 05.02: Consulta preventiva periódica, cepillado previo y aplicación de fluor Incluye consulta preventiva, detención de placa bacteriana, cepillado mecánico y aplicación de fluor. Se reconocerá una (1) cada seis (6) meses y hasta cumplir los 15 años, y en ambas arcadas. Este código anula el código 05.01.
Cód. 05.05: Selladores de surcos, fosas y fisuras en molares y premolares permanentes. Se reconocerá por pieza dentaria y en niños menores de 15 años de edad, en molares y premolares permanentes. Por el término de un (1) año no podrá facturarse en las piezas tratadas ningún código del Capitulo II ni la extracción de la misma. No se reconocerá en piezas dentarias con tratamiento previo.
Cód. 05.06: Aplicación de Cariostáticos en Piezas Dentales Permanentes. Inactivación de cavidades amelodentinarias abiertas. Se eliminará con escavadores la dentina desorganizada e infectada y se obturará con un biomaterial como el oxido de zinc- eugenol con endurecedor o Ionomeros Vitreos para impedir la reinfección de la cavidad bucal. Se inactivarán cuando existan más de 2 (dos) cavidades abiertas.
Capítulo VII: Odontopediatría
En caso de pacientes con capacidades diferentes deberá adjuntar la documentación que indique que el individuo es un paciente con capacidades diferentes.
Cód. 07.01. Motivación en menores de 10 años Se reconocerá dos (2) veces por año, cuando el beneficiario requiera asistencia con el mismo profesional, en niños menores de 15 años. Incluye al cod. 01.01. Se debe confeccionar el odontograma.
Códs. 07.04 Tratamiento de dientes primarios con formocresol Se reconoce con Rx pre y post operatoria y cuando la pieza tratada no se encuentre en periodo de exfoliación normal o persisten por lo menos la mitad aproximada de la longitud de las raíces. Las Rx no están incluidas en el código.
Capítulo VIII: Periodoncia
Códs. 08.01 Consulta de estudio -Diagnóstico y Pronóstico: Incluye la confección de la Historia Clínica Periodontal respectiva (de acuerdo al modelo provisto por FOPBA) la cual deberá acompañar a los códigos 08.03 al 08.06 incluidos en este capítulo. Se reconocerá una vez por año.
Cód. 08.02 Tratamiento de gingivitis marginal crónica.. Comprende todos los cuadros gingivales cualquiera fuese su etiología. Incluye Tartrectomía, raspaje, control de placa, enseñanza de cepillado y evaluación. Eventual gingivoplastía. Como única patología se reconocerá hasta una (1) vez por año. Cuando en la Historia Clínica Periodontal correspondiente a los códigos 08.03 y 08.04 se señale esta patología en otros sectores de la boca se podrá además facturar un código 08.02 pero al 50% de su valor arancelario, a cuyo efecto se debe asentar en la ficha el código 08.02.01.
Cód. 08.03 Trat. de periodontitis leve o moderada. Bolsas de hasta 5 mm. Por sector (6 sectores): Incluye los códigos 05.01 y 08.05, alisado radicular, eventual gingivectomía o colgajo. Se reconocerá con radiografías pre-operatorias (no se acepta Rx.Panorámica) e Historial Clínica Periodontal debidamente confeccionada. Se deberá indicar la profundidad de bolsas e informe radiológico detallado. Se reconocerá con un mínimo de tres piezas por sector. Se admite agrupar para constituir sector. No podrá repetirse un tratamiento periodontal hasta después de transcurridos dos (2) años de su realización. Pasado un (1) año de finalizado el tratamiento periodontal podrá facturarse un código 05.01 a modo de consulta periódica o de mantenimiento.
Cód. 08.04: Tratamiento de periodontitis severa por sector Incluye los códigos 05.01, 08.03 y 08.05 más eventual cirugía mucogingival e injerto. Se reconocerá con radiografías pre-operatorias (no se acepta Rx.panorámica) e Historia Clínica
Periodontal debidamente confeccionada. Se deberá indicar la profundidad de bolsas e informe radiológico detallado.
Se reconocerá con un mínimo de tres piezas por sector. Se admite agrupar para constituir sector.
No podrá repetirse un tratamiento periodontal hasta después de transcurridos dos (2) años de su realización.
Pasado un (1) año de finalizado el tratamiento periodontal podrá facturarse un código 05.01 a modo de consulta periódica o de mantenimiento. Al facturar codigos 08.03 y 08.04, se debe indicar el sector , por ejemplo:
Cod. 08.04.01 para facturar el sector 1, y así sucesivamente.
Capítulo IX: Radiología
Toda radiografía para su reconocimiento deberá presentarse en celuloide adecuado al tamaño de las mismas con el bombé hacia fuera donde debe constar nombre, apellido, numero de afiliado, apellido del profesional y pieza dentaria tratada y/o sector. Técnicamente deberán reunir las condiciones de una adecuada angulación, definición, centrado, contraste, revelado y fijado para posibilitar una correcta y fácil evaluación. Se reconocerán radiografías de radiovisiografo correspondientemente procesadas
09.01.01 Rx periapical
09.01.02 Rx Bite wing
09.01.03 Oclusal 6x8
09.01.04 Media seriada de 5 a 7 películas. Técnicas de cono corto o largo.
09.01.05 Seriada de 8 a 14 películas. Técnicas de cono corto o largo
09.02.03:Radiografía de ATM 6 tomas
09.02.04:Radiografía Panorámica
09.02.05: Telerradiografía
En las Rx periapicales de diagnostico, se deberá indicar en todos los casos el diagnostico presuntivo que justifique dicha práctica como así también en las radiografías seriadas.
Capítulo X: Cirugía
En todas las prácticas que requieran radiografías el valor de las mismas no están incluidas en el arancel.
Cód. 10.01: Consulta Estomatológica Sólo para odontólogos referentes de los cursos de FOPBA.
Códs. 10.01: Extracción dentaria En caso de piezas temporarias, se reconocerá cuando persistan las raíces y se constate con Rx.Pre-Operatoria la existencia de la correspondiente pieza permanente, deberá estar justificada la práctica e indicar por escrito.
Cod. 10.03 Biopsia por punción o aspiración. Se deberá adjuntar Historia Clínica y resultado de Laboratorio.
Cod. 10.06 Incisión y drenaje de absceso por víaintrabucal.
Cód. 10.08 Extracción dentaria en retención mucosa.: Para su reconocimiento se deberá presentar Rx pre-operatoria que justifique la realización de la práctica y Rx. post-operatoria. No se reconoce para extracción de restos radiculares en retención.
10.09: Extracción de piezas con retención ósea Para su facturación se debe presentar la autorización y Rx. Pre y Post Operatorias.
10.10: Germenectomía. Solo se reconocerá con Rx pre y post operatoria
10.16 - Frenectomía
Código | Valor (100%) | Descripción |
---|---|---|
Capítulo I: Consultas | ||
01.01 | 12.000 | Exámen Diagnóstico Fichado y Plan de Tratamiento. |
01.04 | 12.000 | Consultas de Urgencia· Prest. que no const. paso int. y/o final de trat. |
Capítulo II: Op. Dental | ||
02.08 | 25.000 | Práctica Globalizada. |
Capítulo III: Endodoncia | ||
03.01 | 50.000 | Tratamiento unirradicular |
03.02 | 65.000 | Tratamiento multirradicular. |
03.05 | 20.000 | Biopulpectomía parcial. |
03.06 | 20.000 | Necropulpectomía parcial. (Momificación). |
Capítulo V: Odont. Preventiva | ||
05.01 | 12.000 | Tartrectomía y cepillado mecánico. |
05.02 | 12.000 | Consulta preventiva periódica. Cepillado previo y aplicación de fluor |
05.04 | 12.000 | |
05.05 | 12.000 | |
05.06 | 12.000 | |
Capítulo VII: Odontopediatría | ||
07.01 | 15.000 | Motivación. |
07.04 | 20.000 | Tratamiento de dientes primarios con formocresol. |
Capítulo VIII: Periodoncia | ||
08.01 | 10.000 | Consulta estudio Diagnóstico Pronóstico. |
08.02 | 12.000 | |
08.03 | 16.000 | |
08.04 | 21.000 | |
08.06 | 75.000 | |
Capítulo IX: Radiología | ||
09.01.01 | 4.000 | Periapical. Técnicas de cono corto o cono largo. |
09.01.02 | 4.000 | Bite wing |
09.01.03 | 7.000 | Oclusal 6 x 8 cm. |
09.01.04 | 14.000 | Media seriada de 7 películas. |
09.01.05 | 20.000 | Seriada de 14 películas |
Extraorales | ||
09.02.04 | 18.000 | |
09.02.05 | 18.000 | |
Capítulo X: Cirugía | ||
10.00 | 16.000 | |
10.01 | 22.000 | |
10.03 | 15.000 | Biopsia por punción o aspiración |
10.06 | 12.000 | |
10.08 | 28.000 | |
10.09 | 66.000 | |
10.10 | 66.000 | |
10.16 | 30.000 | |