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18 marzo, 2015NOTICIAS
El cobro indebido. Denuncialo
En los últimos tiempos ha crecido, en toda la provincia y en forma indiscriminada, una práctica repudiable, llevada adelante por aquellos profesionales de la salud que ejercen su labor para IOMA en forma inescrupulosa.
Esta práctica, que ha sido denominada “cobro indebido”; se produce cuando un profesional le cobra al afiliado una suma de dinero por fuera del convenio que lo vincula a la Obra Social. Este acuerdo siempre es fijado en forma voluntaria, directa o a través de sus Entidades Intermedias, y los aranceles que constituyen la remuneración por su trabajo en ningún caso deben ser abonados por el paciente.
El Cobro indebido, como toda maniobra fraudulenta, se encuentra solapado a través de argumentos variados que son utilizados para persuadir o engañar al afiliado quien con total buena fe asiste al acto médico en el que será victima de tal conducta maliciosa. Esta aceitada mecánica, no se realiza solo ante una consulta, sino que se ha extendido a cirugías programadas, tratamientos, prescripción de recetas, etc.
Entre las motivaciones que esboza el profesional que incurre en esta práctica, se encuentran, entre otras, la necesidad de adquirir insumos, materiales descartables, adelantar la realización de cirugías o simplemente manifiesta “que no está de acuerdo con los valores que paga la Obra Social o que lo hace en forma tardía”. Claro está que ninguno de estos “argumentos” es suficiente para justificar tal irregularidad constituyéndose así una fuente de daño, no solo al patrimonio del afiliado (que ya efectuó su aporte con el descuento correspondiente sobre su salario), sino también al compromiso social del sistema solidario.
En tal sentido, este sistema de salud, nombrado “como uno de los mejores del mundo” y caracterizado entre otros atributos, por la igualdad, la equidad y la universalidad, se ve gravemente lesionado por esta deleznable conducta conforme las definiciones que a continuación se detallan:
- El cobro indebido es un “hecho ilícito” porque viola la ley y es pasible de sanción.
- Es un acto que genera un “enriquecimiento sin causa”.
- Es un “acto inmoral y falto de ética” pues se obtiene un beneficio patrimonial a sabiendas de que el mismo no corresponde.
- Se conforma una “estafa al afiliado”, obteniendo por medio de un engaño un beneficio económico, a partir del aprovechamiento que se hace respecto del estado de vulnerabilidad del paciente enfermo o de su entorno familiar.
- Es una acto de “abuso de confianza” para con la obra social, en atención a que el galeno voluntariamente firma un convenio y luego dolosamente no lo respeta.
- Es un acto de “competencia desleal” respecto del médico que trabaja en forma independiente, dado que el profesional vulnera el compromiso efectuado al aceptar la consulta de los afiliados a la Obra Social por un honorario pactado de antemano, exigiendo al momento de la consulta el abono de una suma extra de dinero.
- Constituye un “acto de evasión fiscal y previsional”, en los casos en que las sumas percibidas sean cobradas en “negro” y por lo tanto no existiría registro contable de las mismas.
Por ello, desde IOMA declaramos:
El “COBRO INDEBIDO” es un flagelo que ataca y daña al Sistema Solidario de Salud, como así también a aquellos profesionales que desempeñan su actividad con honradez.
Debemos enfrentarlo con acciones políticas y con toda la fuerza que se disponga dentro del marco de la legalidad, impidiendo que se genere un daño que atente contra la mejor atención y cobertura de los más de 1.856.432 afiliados que conformamos esta obra social.
En atención a lo manifestado, solicitamos a nuestros afiliados que denuncien éstos hechos ilícitos.
El compromiso de cada uno de nosotros hará posible erradicar este repudiable accionar.