DESCARGAS - CIRCULARES
Con el objeto de informarle que, tal lo comunicado por la Obra Social del Personal de la Industria de la Alimentación, a partir del 1° de Agosto del corriente año, deja de tener cobertura a través del sistema el Kit de Protección Personal (Cód.01.19) por lo que se requiere evitar su facturación.
Con el objeto de informarle que atento a lo comunicado por AMFFA SALUD, aquellos profesionales que realizan tratamientos de endodoncia bajo la técnica mecanizada, se encuentran habilitados a cobrar directamente a los afiliados la suma de $ 5.000.- por cada tratamiento y facturar la prestación correspondiente por el sistema.
Con el objeto de informarle, que atento a las gestiones llevadas adelante por esta Federación con la Obra Social del Personal de Estaciones de Servicio, Garages, Playas de Estacionamiento y Lavaderos de Autos (OSPEGYPE) hemos acordado aplicar un nuevo incremento arancelario el que rige a partir del 1° de Agosto del corriente año.