integral
24 julio, 2020
o.s.b.l.y.c.a.
24 julio, 2020

MEDIFE

 

VALIDACION DE CREDENCIALES

Para validar la vigencia de la afiliación vía www.traditum.com, ingresar en el ítem "transaccional" utilizando como USUARIO IT007270 y CONTRASEÑA IT007270 (EN MAYUSCULA), luego menu-medife y solicitud de elegibilidad. Allí tipear el número de afiliado completo luego seleccionar el botón enviar y el sistema emitirá una pantalla con un Nª de transacción (en lo posible imprimir), e indicará si el afiliado está en condiciones de ser atendido . Anotar el Nª de transacción y la condición del IVA en la ficha dental para poder facturar o adjuntar la impresión. Si el resultado es "Consulta Rechazada" NO atender al paciente.

Se debe indicar en la ficha dental la condición frente al I.V.A. del beneficiario. Dicho dato figura en la credencial y también es otorgado en la Verificación de credenciales.

CONDICIÓN DE IVA
OBLIGATORIOS- EXENTO-NO GRAVADO (SIN IVA)
VOLUNTARIO-GRAVADO (CON IVA)

 

     

    Nombre de la Obra Social Medifé (95 A)
    Área de Aplicación C.O. Alte. Brown - C.O.Avellaneda - C.O. Florencio Varela – C.O.Lanús - A.O.Lomas de Zamora C.O.Quilmes - C.O. Cañuelas – A.O. del Oeste – C.O. E.Echeverría – C.O. Merlo-M.Paz y Gral.Las Heras – C.O. del Norte – C.O. Gral.San Martín y Tres de Febrero – C.O.Vicente López - A.O. del Noroeste – C.O. Chivilcoy – C.O. Moreno – C.O.San A.de Areco – C.O. Escobar – C.O. Chacabuco – C.O. Arrecifes – C.O. Baradero – C.O. Junín – C.O. Salto – C.O. Alberti – C.O. Bragado – C.O.Carlos Casares – C.O. Gral.Viamonte – C.O. Lincoln – A.O. Nueve de Julio - C.O. Pehuajó – C.O. Veinticinco de Mayo – C.O. Gral.Pinto y Florentino Ameghino – A.O. Hernderson-Daireaux – C.O.Rivadavia - C.O. Gral.Alvear – C.O.Gral.Belgrano – C.O. B. Juárez – A.O. Florenses – C.O.Lobos – C.O. Saladillo – C.O. Bolívar – C.O. Monte – C.O. Libres del Sur - C.O. Ayacucho - C.O. Chascomús – C.O. de la Costa – C.O. Pringlenses – C.O. Sureste Bonaerense. También quedan habilitados los siguientes Partidos: Colón – Carmen de Areco – Cap.Sarmiento - Pergamino – Ramallo – Rojas – San Nicolás – San Pedro
    Identificación del Beneficiario Documento de Identidad y Credencial de Medifé válida (1) (cuyo modelo se adjunta) de alguno de los siguientes planes:
    Planes: COBRE - NIQUEL, TITANIO, JUNTOS, BRONCE, PLATA. ORO Y PLATINUM
    Nomenclador y Arancel Se adjunta a la presente
    Cobertura 100%
    Normas de trabajo Generales de FOPBA y Particulares
    Modelos de Documentación

    Modelos de Credencial

    Planes Bronce y Plata


    Plan Oro y Platinum


    Normas Particulares

    Límite de Prestaciones

    Consulta (01.01 Y 07.01) y cuatro (4) prácticas por mes.
    Las RX. complementarias de tratamiento NO se contabilizan como práctica adicional.


    Capítulo I: Consultas

    Cód. 01.01 Fichado - consulta anual: Comprende el examen, diagnóstico, fichado, plan de tratamiento Se reconocerá cada 12 meses si es efectuado por el mismo profesional. El odontograma deberá reflejar el estado actual de la boca, previo al tratamiento a realizar. La omisión del diagrama dentario o de los datos del paciente dará lugar al débito del mismo. Este código podrá facturarse nuevamente transcurrido un año de la primera consulta.

    Cód. 01.04 Urgencia diurna (indicar motivo de la urgencia): Se considera consulta de urgencia a toda prestación que no constituye paso intermedio y/o final de tratamiento (Ej. Pericoronaritis, estomatitis, cementado de coronas o puentes, hemorragias y alveolitis de extracciones realizadas por otro profesional, apertura y extirpación de filetes cuando el tratamiento endodóntico es realizado por otro profesional).Se debe establecer el motivo de la misma. Se podrá facturar hasta tres (3) veces por año, como única práctica o acompañado de rx cuando corresponda.

    Cód. 01.03 Urgencia Nocturna/ fin de semana / Feriados: Se considera consulta de urgencia fuera del horario de consultorio, incluye toda prestación que no constituye paso intermedio y/o final de tratamiento (Ej. Pericoronaritis, estomatitis, cementado de coronas o puentes, hemorragias y alveolitis de extracciones realizadas por otro profesional, apertura y extirpación de filetes cuando el tratamiento endodóntico es realizado por otro profesional).Se debe establecer el motivo de la misma, fecha y hora de atención. Podrá facturarse acompañada de operatoria dental o extracción simple, y rx. si correspondiera.


    Capítulo II: Operatoria Dental

    Cód. 02.15 Obturación Globalizada: Se reconoce cada 24 meses por pieza dentaria. Las obturaciones deberán tener una duración mínima de 24 meses, durante este lapso no se reconocerá la repetición de estas por el mismo profesional. Para las piezas que hayan sido obturadas, no se reconocerá su extracción hasta pasado un año de realizado el tratamiento, por el mismo profesional. Asimismo, si el afiliado solicita reintegro por restauración protética, se le debitará al profesional el tratamiento de operatoria, que haya sido facturado, si es el mismo profesional.


    Capítulo III: Endodoncia

    No incluye rx respaldatorias, deben ser enviadas y podrán facturarlas.

    Todo tratamiento de endodoncia deberá acompañarse para su reconocimiento de las radiografías pre y postoperatorias, las que NO están incluidas en el valor de tratamiento (hasta tres Rx. Por práctica).Las Rx deberán reunir las condiciones adecuadas, para posibilitar una correcta evaluación del tratamiento. No se aceptará conductometría como Rx preoperatoria. El tratamiento de endodoncia se reconocerá una vez por pieza, no pudiendo ser repetido por el mismo profesional, hasta pasados tres años de su ejecución. En el caso de que sea necesario rehacer el tratamiento, antes de ese período, deberá solicitarse la autorización, a Auditoria Odontológica de Medifé acompañado de Rx. previa, y diagnóstico.

    Cód. 03.05 Biopulpectomía Parcial- Necropulpectomía total: Cuando se realice esta práctica, no se reconocerá otro tratamiento hasta visualizarse radiográficamente el cierre normal del ápice.

    Cód. 03.07 Acopio de Pasta Alc. En Apicoformación por traum./sesión: Podrá facturarse en piezas dentarias con ápices que no completaron su desarrollo, se reconocerá la reobturación del o los conductos radiculares semestralmente, y hasta un máximo de tres intervenciones.

    Cód. 03.08 Desobturación total del conducto: Se reconocerá por pieza dentaria y no por conducto, solo en casos de retraimiento, no con fines protéticos. Para facturarlo debe acompañarse de Rx. Preoperatoria.


    Capítulo V: Odontología Preventiva

    Cód. 05.01 Preventiva adultos- Ens de Higiene / cepillado / tractectomía / Flúor: A partir de los 16 años, cada 12 meses. Incluye enseñanza de cepillado, control de placa bacteriana, tartrectomía, cepillado mecánico y topicación con Flúor. Se reconocerá uno cada 12 meses en mayores de 15 años, y cada seis meses en embarazadas.

    Cód. 05.02 niños – Ens. Higiene / Cepillado: Hasta 15 años inclusive, cada 6 meses Incluye enseñanza de cepillado, control de placa bacteriana, tartrectomía, cepillado mecánico y aplicación de flúor ( topicación y/o barniz). Se reconocerá semestralmente hasta los 15 años.

    Cód. 05.05 sellador de surcos y fisuras: Se reconoce cada 12 meses, en piezas permanentes hasta 15 años. Se reconocerá en menores de 15 años, en piezas permanentes y tendrán una duración mínima de un año, lapso durante el cual no se reconocerá la restauración plástica de la pieza sellada, por el mismo profesional.


    Capítulo VII: Odontopediatría

    Cód. 07.01 Motivación, consulta niños: Menores de 10 años (inclusive), por única vez, incluye 01.01.

    Cód. 07.04 Formocresol: Se reconocerá con radiografía postoperatoria, NO incluida en el valor de la práctica, cuando la pieza tratada no se encuentre en período normal de exfoliación, o persistan por lo menos la mitad aproximada de la longitud radicular.

    Cód. 07.06.02 Luxación parcial / total – inmovilización dentaria: Será reconocida con Rx post operatoria, No incluida en el valor de la práctica, durante el período de fijación se podrá facturar hasta 2 consultas de urgencia (01.04 ).


    Capítulo VIII: Periodoncia

    Cód. 08.01 Consulta Estudio: Se reconoce cada 24 meses, confección de Ficha Periodontal. Incluye la confección de ficha periodontal, diagnóstico y plan de tratamiento. Se reconocerá una vez cada 12 meses para tratamientos de periodontitis moderada y/o severa, siendo requisito para facturar las mencionadas prestaciones.

    Cód. 08.02 Tratamiento Gingivitis: Se factura como única práctica cada 12 meses. Comprende todos los cuadros gingivales, cualquiera fuese su etiología. Incluye: tartrectomía, raspaje y alisado supragingival, control de placa, enseñanza de cepillado, topicación con flúor y eventual gingivoplastia. Se facturará como única práctica, pudiendo acompañarse únicamente por el código 0101.

    Cód. 08.03 Tratamiento de enfermedades: Por sector cada 24 meses. Se reconocerá con ficha periodontal previa, radiografías preoperatorias y por sector. Incluye: tartrectomía, control de placa, enseñanza de cepillado, topicación con flúor, irrigación con agentes químicos, eventual gingivectomía y desgaste selectivo.

    Cód. 08.04 Tratamiento de enfermedades periodontal severa: Por sector, cada 12 meses. Se reconocerá con ficha periodontal previa, radiografías preoperatorias y por sector. Incluye: tartrectomía, control de placa, enseñanza de cepillado, topicación con flúor, irrigación con agentes químicos, eventual gingivectomía y desgaste selectivo.

    Cód. 08.03.02 Mantenimineto de tratamiento periodontal: cada 6 meses

    Se reconocerá semestralmente, una vez facturado los códigos 08.03 /08.04. Incluye el código 05.01

    Cód. 08.05: Desgaste Selectivo, armonización oclusal: por sector


    Capítulo IX: Radiología

    Las rx deberán reunir las condiciones de una adecuada angulación, definición, centrado, contraste, revelado y fijado, para posibilitar una correcta evaluación, caso contrario no se reconocerá la prestación. Todas las radiografías deberán acompañarse de diagnóstico. En ningún caso el valor de las Rx, está incluido en el valor de otras prácticas.

    Cód. 09.01.01 Rx periapical / Bite wing: debe indicar la pieza en la ficha dental o orden radiográfica provista por F.O.P.B.A.

    Extraorales:

    Cód. 09.02.07 Estudio Cefalométrico: (con orden autorizada por Medife)

    Requerirán autorización previa en todos los casos. Se reconocerán hasta 2 estudios cefalométricos.

    Capítulo X: Cirugía

    NORMAS GENERALES.

    Para el reconocimiento de las prácticas contempladas en el presente capítulo, Medife podrá solicitar la documentación que estime necesaria (ficha dental, historia clínica, radiografías, etc.) y que justifique la realización de la práctica. En intervenciones en las que se prevea ayudantía, el cirujano podrá requerir su colaboración por razones debidamente justificadas, dejando constancia de estas en la historia clínica y debiendo pedir la autorización previa de Medife.

    Cód. 10.07 Biopsia por Escisión Aspiración – Punción: Adjuntar resultados de Laboratorio.

    Cód.10.09.01 Extracción de piezas en retención mucosa: Para su reconocimiento se deberá presentar Rx pre y post operatoria que justifique la realización de la práctica. No se reconoce para extracción de restos radiculares en retención.

    Cód.10.09.02 Extracción de piezas en retención ósea: Se reconocerá en aquella que se encuentre en retención intraósea del 75%. Para su reconocimiento se deberá presentar Rx pre y post operatoria que justifique la realización de la práctica. No se reconoce para extracción de restos radiculares en retención.

    Cód. 10.10 Germectomía: Con Rx Pre y Post-operatoria.

    Cód. 10.12 Apicectomía: Con Rx Pre y Post-operatoria.

    Cód. 10.16 Frenectomía: debe indicar sector.

    Cód. 10.17 Radectomía: Con Rx Pre y Post-operatoria.

    Nomenclador y arancel

    Aranceles actualizados: 01/11/2024

    CódigoValor
    (100%)
    Descripción
    Capítulo I: Consultas
    01.01 12.000 EXAMEN, DIAGNÓSTICO, FICHADO Y PLAN DE TRATAMIENTO
    01.03 24.286 URGENCIA NOCTURNA/FIN DE SEMANA/FERIADOS
    01.04 12.000 CONSULTA DE URGENCIA (Indicar motivo de la urgencia en ficha)
    Capítulo II: Op. Dental (Cada 24 meses por pieza dentaria)
    02.15 30.000 RECONSTRUCCIÓN DE PIEZAS DENTARIA Globalizada
    Capítulo III: Endodoncia (No incluye valor Rx respaldatorias- (deben ser enviadas)
    03.01 60.000 TRAT. ENDODONTICO DE PIEZAS UNIRRADICULARES.
    03.02 77.538 TRAT. ENDODONTICO MULTIRRADICULAR
    03.05 14.668 BIOPULPECTOMÍA PARCIAL. NECROPULPECTOMIA
    03.07 14.668 ACOPIO DE PASTA ALCALINA
    03.08 19.586 DESOBTURACIÓN DE CONDUCTOS.(P/RETRATAMIENTO)
    Capítulo V: Odont. Preventiva
    05.01 11.954 Prevención adultos - En. de Higiene / cepillado mecánico/ tartrectomia
    05.02 11.751 Prevención Niños- -En. Higiene/ Cepillado - aplicación Flúor
    05.05 10.338 SELLANTES DE SURCOS, FOSAS Y FISURAS.
    Capítulo VII: Odontopediatría
    07.01 14.000 CONSULTA , FICHADO Y MOTIVACIÓN.
    07.04 18.000 TRATAMIENTO DE PIEZAS DENTARIAS TEMPORARIAS CON FORMOCRESOL (no incluye rx.)
    07.06.02 23.503 LUXACIÓN - (REIMPLANTE) CON INMOVILIZACIÓN DENTARIA
    Capítulo VIII: Periodoncia
    08.01 10.184 CONSULTA DE ESTUDIO PERIODONTAL.
    08.02 13.318 TRATAMIENTO DE GINGIVITIS MARGINAL CRONICA.
    08.03 11.360 TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD PERIODONTAL MODERADA
    08.03.02 11.751 MANTENIMIENTO DE TRATAMIENTO PERIODONTAL
    08.04 14.376 TRATAMIENTO DE ENFERMEDAD PERIODONTAL SEVERA
    08.05 6.267 DESGASTE SELECTIVO
    Capítulo IX: Radiología
    09.01.01 4.200 RX. PERIAPICAL./BITE WING.
    09.01.03 4.779 RX OCLUSAL
    09.01.04 14.102 MEDIA SERIADA
    09.01.05 25.000 SERIADA
    09.02.03 14.102 ATM: 6 tomas
    09.02.04 19.586 PANORAMICA
    09.02.05 19.586 TELERRADIOGRAFÍA.
    09.02.07 12.535 ESTUDIO CEFALOMETRICO (Con Autorización de MEDIFE).
    Capítulo X: Cirugía
    10.01 27.000 EXTRACCION SIMPLE
    10.02 14.376 PLASTICA DE COMUNICACIÓN BUCOSINUSAL.
    10.06 10.067 DRENAJE DE ABSCESOS
    10.07 12.926 BIOPSIA POR ESCISIÓN.
    10.08 8.618 ALARGAMIENTO QUIRURGICO DE CORONA CLÍNICA
    10.09.01 31.337 EXTRACCIÓN DE PIEZAS EN RETENCIÓN MUCOSA. (Enviar Rx.pre y post)
    10.09.02 80.000 EXTRACCIÓN DE PIEZAS EN RETENCIÓN OSEA. (Enviar Rx pre y post).
    10.10 65.024 GERMECTOMÍA
    10.11 18.019 LIBERACIÓN DE PIEZAS RETENIDAS
    10.12 33.687 APICECTOMÍA
    10.16 18.802 FRENECTOMIA
    10.17 18.802 RADECTOMIA
    Estomatología (*)
    11.01 15.000 Consulta Estomatológica
    11.02 15.000 Eliminación de Factores Irritativos Locales
    11.03 18.415 Consulta de Control y Seguimiento
    11.04 30.692 Eliminación de Lesiones Pequeñas
    11.05 38.769 Eliminación de Lesiones Grandes
    (*) Estomatología solo para profesionales referentes de los cursos de FOPBA.