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23 julio, 2020
policia federal
23 julio, 2020

PODER JUDICIAL DE LA NACION

    Nombre de la Obra Social Obra Social del Poder Judicial de la Nación (33)
    Área de Aplicación Todo el ámbito Provincial.
    Identificación del Beneficiario Credencial afiliatoria, talón vigencia actualizado (se adjuntan modelos) y documento de identidad.
    IMPORTANTE: Al facturar se debe asentar en la ficha dental el N° de beneficiario tal como figura en credencial, incluida la barra y los dos dígitos de parentesco.
    Ejemplo: 43571/02.
    Los afiliados jubilados poseen un solo cero luego de la barra, por lo que se deberán asentar dos ceros.
    Ejemplo: Credencial = 1558/0 | Asentar en ficha = 1558/00
    En todos los casos se recomienda remitir fotocopia del carnet y asentar el dato de beneficiario con letra clara y legible a fin de evitar débitos innecesarios del sistema computarizado implementado por la Obra Social.
    También se podrá validar el estado y corroborar el Nª de af. mediante el código QR que presente el afiliado en consultorio, el profesional deberá escanearlo y corroborar los datos. (ver modelos de documentación)
    Nomenclador y Arancel Se adjuntan a la presente
    Cobertura Afiliados comunes: Odont. General – Cirugia Dental-Biopsia: 100% - Prótesis-Ortodoncia y ATM: 90% a cargo de la O.Social y 10% Co-pago a cargo del beneficiario.
    Afiliados Excombatientes: 100% a cargo de la Obra Social en todas las prestaciones
    Normas de trabajo Generales de F.O.P.B.A. y particulares
    A PARTIR DEL 1ª /9/22 NO TENDRÁ MÁS COBERTURA EL KIT EPP (0105) CIRCULAR Nª84
     
    Modelos de Documentación




    Se encuentra disponible la posibilidad de corroborar el estado de los afiliados con un nuevo talón. El mismo cuenta con un código QR (presentará el af. en consultorio), el cual si posee un lector de código QR o desde cualquier teléfono celular con Android o IOS, al escanearlo lo deriva a un link donde constata la situación del Afiliado (Activo/Inactivo/Suspendido).

    Normas Particulares

    Capítulo I: Consultas

    Cod. 01.04 Consulta de Urgencia: Se reconocen 3 (tres) por año. Deberá consignarse motivo de la consulta, diagnostico y tratamiento realizado. No podrá facturarse cuando sea motivada por otras causas que no sean las que se detallan a continuación:

    • Pulpitis
    • Abscesos dentoalveolar agudo, marginal en niños, periodontal, submucoso.
    • Flemones de origen odontogénico.
    • Gingivitis ulceronecrótica aguda.
    • Fracturas maxilofaciales o dentarias
    • Luxación ATM
    • Hemorragias post-exodoncia

    Capítulo II: Operatoria Dental

    En todas las prestaciones de este capítulo la garantía es de dos (2) años, por pieza tratada, cualquiera sea el número de caras obturadas. Al facturar se debe indicar en la ficha las caras tratadas.

    Código 02.10: Globaliza todas las obturaciones.


    Capítulo III: Endodoncia

    Se reconocerán hasta dos rxs. por tratamiento, pudiendo ser reemplazada la rx. pre-operatoria por la conductometría.

    En caso de no cumplimiento de las Normas Generales del presente capítulo, deben presentarse los elementos de juicio con las placas radiográficas al momento de facturar el tratamiento.

    Código 03.03: Desobturación de conducto


    Capítulo IV: Prótesis

    Las prácticas de este Capítulo no requieren autorización previa y tendrán una garantía de CINCO años.

    La Obra Social podría autorizar su reejecución en lapsos de tiempo menores si La correspondiente evaluación del caso lo requiere. La autorización para los casos de reejecución deberá solicitarla el afiliado en la Obra Social. adjuntando nota con la justificación del caso y Rx. si fuera necesario.

    Prótesis sobre Implantes: Las prácticas consecuentes a implantes no podrán ser facturadas utilizando códigos de los Capítulo IV (cuatro).

    Prótesis FijaPara el reconocimiento de estas prácticas se requiere la presentación de radiografías Pre y Post-operatorias.

    Cód.04.01.13: Corona de Porcelana cocida sobre metal.

    Cód.04.01.14: Tramo de Puente de Porcelana.

    Prótesis Parcial Removible

    Para su reconocimiento se deben indicar las piezas dentarias a reponer tanto en el odontograma como en el casillero destinado a N° de diente de la ficha dental.

    Código 04.03.05 : Prótesis Completa Flexible


    Capítulo V: Odontología Preventiva

    Código 05.01: Se reconocerá cada 12 meses y en afiliados mayores de 18 años.

    Código 05.02: Se reconocerá semestralmente y en afiliados menores de 18 años.

    Código 05.05: Se reconocerá en afiliados menores de 15 años inclusive, y solo en caso de los primeros molares permanentes (16-26-36-46)


    Capítulo VI: Ortodoncia


    Solo podrán realizar estas prácticas los odontólogos debidamente habilitados con acreditación de títulos certificados, para el ejercicio de la especialidad.

    Los tratamientos de éste capítulo incluyen toda la aparatología necesaria para la corrección de la anomalía hasta la finalización y/o alta del caso.

    Cobertura: 90% A CARGO Obra Social – 10% a cargo del afiliado.

    Ortopedia funcional: Se reconocerá desde los 3 a 12 años de edad inclusive.

    Ortodoncia: Se reconocerá desde los 13 a 18 años de edad inclusive.

    Procedimientos para autorización del Formulario de Ortodoncia/Ortopedia:

    1 - Los prestadores podrán descargar el formulario desde la cartilla online, que utilizarán sucesivamente para los tratamientos de los distintos afiliados.

    2 - Deberá completarse todos los campos de diagnóstico y aparatología a utilizar, pudiendo editarse digitalmente y luego imprimirse para la firma del afiliado y el profesional.

    3 – El Formulario de Ortodoncia se autorizará digitalmente debiendo enviarse por correo electrónico a: [email protected] , en formato PDF, adjuntando asimismo en el mismo documento el estudio cefalométrico, fotos del caso y consentimiento informado. El archivo no debe exceder los 3mb. IMPORTANTE: el peso/tamaño del archivo es estricto, el sistema bloqueará la recepción de archivos que excedan los 3mb.

    4 – La Obra Social implementó también la “Planilla de Controles” la cual se debe acompañar completa con sus firmas al momento de la facturación de la/s etapas junto a la autorización emitida por la O.Social y a la Ficha Odontológica.

    5 - Este procedimiento se repetirá en la autorización de las otras etapas del tratamiento. El formulario que se devuelve luego de la autorización de la primera etapa debe conservarse para autorizar las sucesivas etapas (2° y 3°), la cual se devolverá con la autorización y en donde al cabo de la evolución del tratamiento constarán todas las etapas autorizadas.

    NO SE ACEPTARÁN FICHAS DE TRATAMIENTOS EN CURSO QUE NO PRESENTEN LA AUTORIZACION DE LA PRIMERA ETAPA, por lo tanto deberá conservarse correctamente, no correspondiendo confeccionar una ficha nuevamente para autorizar las etapas siguientes.


    Capítulo VII: Odontopediatría

    Cód. 07.01: Incluye fichado y hasta 3 consulta de motivación en niños de hasta 15 años inclusive. Una vez por año. Se reconocerá por única vez cuando el beneficiario requiera asistencia con el mismo profesional.

    Cód. 07.02: Se reconoce hasta los 10 años inclusive con Rx.Pre y post operatoria.


    Capítulo VIII: Periodoncia

    Cód. 08.03 y 08.04: Se deben facturar con Ficha Periodontal y Rx.

    Cód. 08.06 Placas Oclusales: se deberá indicar el diagnóstico y qué tipo de placa se realiza – Garantía 1 año.


    Capítulo IX: Radiología

    Cód. 09.01.01: No se reconocen para los Institutos Radiológicos.

    Cód. 09.02.05: Telerradiografìa, se reconoce hasta los 18 años.

    09.02.07: Trazados cefalométricos de Steiner, Ricketts, Biork-Jarabak etc., se reconocen hasta 2 (dos) por paciente.

    IMPORTANTE: No se aceptarán Seriadas y Panorámicas en una misma orden o diferida en otra orden.

    LOS INSTITUTOS AL FACTURAR DEBERAN DETALLAR EL NUMERO DE PRESTADOR (Nª 713) EN LA ORDEN RADIOLOGICA PROVISTA POR F.O.P.B.A.
    A PARTIR DE JUNIO 2022 NO SE DEBEN SOLICITAR MAS LOS BONOS DE LA OBRA SOCIAL

    Capítulo X: Cirugía

    Cód. 10.01: Se reconocerá adjuntado Rx.Pre-Operatoria solamente.

    Cód. 10.08, 10.10, 10.11, 10.12, 10.13, 10.14: Se requiere RX Pre y Postoperatoria.

    Cód. 10.09: Se requiere RX Pre y Postoperatoria. No se reconoce extracción de Restos Radiculares Retenidos.

    Cod. 10.16:Estomatología-Consulta: implica localización de la lesión, diagnóstico presuntivo e indicación de exámenes de diagnósticos.


    Nomenclador y Arancel

    Aranceles actualizados: 01/08/2025

    CódigoValor (100%)A cargo
    O. Social
    Coseguro
    A cargo Afiliado
    Descripción
    Capítulo I: Consultas
    01.01 24.000 Sin coseguro Examen, diagnóstico. Fichado y Plan de tratamiento
    01.04 28.800 Sin Coseguro Consultas de urgencia. Prestación que no constituye paso intermedio a tratamiento
    Capítulo II: Op. Dental
    02.10 52.000 Sin coseguro Obturaciones
    Capítulo III: Endodoncia
    03.01 138.800 Sin coseguro Tratamiento unirradicular
    03.02 198.100 Sin coseguro Tratamiento multirradicular
    03.03 58.100 Sin coseguro Desobturación de conductos
    03.05 58.100 Sin coseguro Biopulpectomía parcial
    03.06 58.100 Sin coseguro Necropulpectomía parcial (momificación)
    Capítulo IV: Prótesis
    Prótesis Fija
    04.01.03 156.600 140.900 15.700 Corona forjada
    04.01.04 206.200 185.600 20.600 Corona colada
    04.01.05 244.600 220.100 24.500 Corona colada con frente estético
    04.01.07 146.700 132.000 14.700 Corona colada revestida en acrílico
    04.01.08 139.600 125.600 14.000 Perno muñón simple
    04.01.09 166.300 149.700 16.600 Perno muñón seccionado
    04.01.10 187.500 168.700 18.800 Tramo de puente colado
    04.01.11 139.100 125.200 13.900 Corona de acrílico
    04.01.12 72.500 65.200 7.300 Elemento provisorio: por unidad
    04.01.13 387.200 348.500 38.700 Corona de Porcelana
    04.01.14 387.200 348.500 38.700 Tramo de puente en porcelana
    Prótesis Parcial Removible
    04.02.01 353.800 318.400 35.400 Prótesis Parcial de Acrílico hasta 4 piezas
    04.02.02 397.600 357.800 39.800 Prótesis Parcial de Acrílico de 5 o más piezas
    04.02.03 550.900 495.800 55.100 Coladas de Cromo Cobalto hasta 4 piezas
    04.02.04 660.200 594.200 66.000 Coladas de Cromo Cobalto de 5 o más piezas
    04.02.05 318.500 286.600 31.900 Prótesis parcial inmediata
    04.03 Prótesis Parcial Completas
    04.03.01 518.000 466.200 51.800 Prótesis Completa Superior
    04.03.02 518.000 466.200 51.800 Prótesis Completa Inferior
    04.03.03 511.500 460.300 51.200 Prótesis Completa Inmediata
    04.03.04 194.000 174.600 19.400 Base colada para prótesis completa
    04.03.05 652.100 586.900 65.200 Prótesis flexible completa
    Capítulo V: Odont. Preventiva
    05.01 23.700 Sin coseguro Tartrectomía y cepillado mecánico
    05.02 23.700 Sin coseguro Consulta preventiva periódica, incluye cepillado previo y aplicación de fluor. Por tratamiento
    05.04 24.300 Sin coseguro Detección, control de placa bacteriana y susceptibilidad de caries. Enseñanza de técnica de higiene bucal.
    05.05 24.500 Sin coseguro Sellantes de puntos y fisuras por pieza dentaria
    Capítulo VI: Ortodoncia y Ortopedia Funcional
    06.01 39.800 35.800 4.000 Consulta de estudio
    06.02.01 499.600 449.600 50.000 Tratamiento de la dentición primaria o mixta. Hasta 12 años
    06.02.02 291.400 262.300 29.100 Segunda etapa.(tiene que pasar más de un año para la primera)
    06.02.03 291.400 262.300 29.100 Tercera etapa - Final de tratamiento
    06.03.01 583.100 524.800 58.300 Tratamiento de la dentición permanente (13 a 18 años inclusive)
    06.03.02 324.700 292.200 32.500 Segunda etapa. (tiene que pasar más de un año de la primera)
    06.03.03 324.700 292.200 32.500 Final de tratamiento
    Capítulo VII: Odontopediatría
    07.01 52.800 Sin coseguro Motivación
    07.02 123.200 Sin coseguro Mantenedor de espacio fijo
    07.03 123.200 Sin coseguro Mantenedor de espacio removible
    07.04 66.200 Sin coseguro Tratamientos de dientes primarios con formocresol
    07.05 118.100 Sin coseguro Corona metálica de acero y similares
    Traumatismos dentarios
    07.06.01 97.900 Sin coseguro Reducción de luxación con inmovilización
    07.06.02 102.800 Sin coseguro Luxación total (reimplante) e inmovilización dentaria
    07.06.04 102.800 Sin coseguro Fractura amelodentaria, protección pulpa con coronas provisorias
    Capítulo VIII: Periodoncia
    08.01 18.900 Sin coseguro Consulta de estudio, diagnóstico y pronóstico
    08.02 19.300 Sin coseguro Tratamiento de gingivitis marginal crónica
    08.02.01 9.650
    08.03 16.800 Sin coseguro Tratamiento de periodontitis destructiva. Leve o moderada: seis sectores
    08.04 20.400 Sin coseguro Tratamiento de periodontitis destructiva severa: seis sectores
    08.05 10.200 Sin coseguro Desgaste selectivo o armonización oclusal
    08.06 90.000 Sin coseguro Placas oclusales (temporarias) de acrílico removible, cualquier tipo
    Capítulo IX: Radiología
    09.01.01 5.400 Sin coseguro Periapical
    09.01.02 5.400 Sin coseguro Bite - wing
    09.01.03 8.400 Sin coseguro Oclusal 6x8
    09.01.04 16.800 Sin coseguro Media seriada de 7 películas- técnicas de cono corto o largo
    09.01.05 26.000 Sin coseguro Seriada de 14 películas. Técnica de cono corto o largo
    09.02.01 19.300 Sin coseguro Extraorales, 1era. Exposición
    09.02.02 13.400 Sin coseguro Extraorales, por exposicion subsiguientes
    09.02.03 23.900 Sin coseguro Articulación temporo mandibular (6 tomas)
    09.02.04 26.600 Sin coseguro Pantomagrafía
    09.02.05 26.600 Sin coseguro Telerradiografía Cefalométrica
    09.02.06 26.600 Sin coseguro Sialografía
    09.02.07 15.500 Sin coseguro Trazado cefalométrico
    Capítulo X: Cirugía bucal
    10.01 42.500 Sin coseguro Extracción dentaria(*)
    10.02 56.800 Sin coseguro Plástica de comunicación bucosinusal
    10.03 51.100 Sin coseguro Biopsia por punción o aspiración
    10.04 37.700 Sin coseguro Alveoloctomía estabilizadora por zona
    10.05 56.800 Sin coseguro Implante dentario inmediato al traumatismo
    10.06 19.600 Sin coseguro Incisión y drenajes
    10.07 62.500 Sin coseguro Biopsia por incisión
    10.08 46.800 Sin coseguro Alargamiento quirúrgico de la corona clínica
    10.09 95.200 Sin coseguro Extracción de dientes retenidos
    10.10 92.800 Sin coseguro Germectomía
    10.11 38.600 Sin coseguro Liberación de dientes retenidos
    10.12 37.300 Sin coseguro Apicectomía
    10.13 38.600 Sin coseguro Tratamiento de osteomielitis
    10.14 38.600 Sin coseguro Extracción de cuerpos extraños
    10.15 37.700 Sin coseguro Alveoloctomía correctiva por zona - 6 zonas
    10.16 17.400 Sin coseguro Estomatología
    Capítulo XII: Disfunción - ATM
    12.01.01 45.000 40.500 4.500 Ajuste oclusal por desgaste selectivo
    12.01.02 64.200 57.780 6.420 Disfunción ATM Neuromuscular (placa oclusal miorrelarajnte)
    12.01.03 70.100 63.090 7.010 Disfunción ATM Disco adelantado (placa recapturadota)
    12.01.04 77.200 69.480 7.720 Disfunción ATM Limitación apertura (Placa oclusal pivotante)
    Capítulo XIII: Cirugía Dental-Biopsia
    13.07.03 106.900 Quistes (tumores) de encias
    13.07.05 27.900 Cirugía Periodontal
    13.08.07 48.000 Cálculos – Litiasis
    13.11.05 43.400 Frenectomía vestibular
    13.12.01 161.100 Hiperplasia - palatoplastía
    Prescripción de Medicamentos

    Se deberá utilizar la receta oficial de la Obra Social asentando al pie de la misma el número de prestador que le corresponde a esta Federación – Nº 713 – los medicamentos que se prescriban en recetarios de la F.O.P.B.A. no gozan de ningún tipo de descuento para los beneficiarios.

     

    DESCARGAR

    Para descargar el consentimiento deberá guardarla en su ordenador y luego podrá imprimirla.